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Utilice la retención en la fuente para comprar vivienda

Junio 4 de 2014

Una cuenta de Ahorro y Fomento a la Construcción (AFC) le permite a un trabajador al que aplica Retención en la Fuente utilizar este impuesto para comprar vivienda.

Es decir, que en vez de pagárselo al Gobierno puede destinarlo para cancelar la cuota inicial de una vivienda o las mensualidades de un crédito.

Con una cuenta AFC se puede reducir la base gravable del salario con lo que los ingresos netos aumentan. En síntesis, este beneficio consiste en que el trabajador fija un ahorro mensual, el cual es descontado y consignado directamente por la empresa al banco (el valor depositado incluye la retención).
 
Luego, el titular tiene la opción de usar, en cualquier momento, los recursos para adquirir vivienda.

¿Quién puede usarlas?
-Las cuentas AFC pueden ser usadas por aquellas personas que pagan Retención en la Fuente sobre su salario (en el 2013 quienes devenguen más de $ 3.461.000).

-Para beneficiarse de una cuenta AFC es necesario no haber recibido un Subsidio de Vivienda ni estar cubierto por el Seguro sobre UVR.

Pasos para usar una AFC
-Abrir la cuenta en el banco de su confianza.
-Fijar un ahorro mensual y solicitarle a la empresa que lo descuente de su salario y lo consigne a la cuenta AFC.
-Al momento de adquirir vivienda, gestionar con el banco el respectivo desembolso al vendedor.

¿Qué condiciones tiene?
Estos son los requisitos para hacerse a los beneficios de una cuenta AFC:

-El máximo ahorro exento de Retención es del 30 por ciento del salario.
-Los dineros depositados solo se podrán usar para comprar vivienda.
-Si se retiran los ahorros con un propósito diferente a vivienda el banco aplicará la Retención en la Fuente a que haya lugar.
-Desde el primer mes en que se abre la cuenta se puede usar para adquirir vivienda.
-La cuenta AFC sirve para comprar vivienda nueva o usada.
-El ahorro se puede destinar para la cuota inicial o para pagar un crédito de vivienda.
-El dinero colocado en un Fondo Voluntario de Pensiones se puede trasladar a una cuenta AFC.
-Si transcurren 5 años desde que abrió la cuenta AFC y no utilizó el dinero tiene la opción de retirarlo todo.

¿Qué es la Retención en la fuente?
Para este caso, se refiere a la Retención en la Fuente que se le aplica a los pagos gravables (salarios) originados de una relación laboral o legal y reglamentaria.

De acuerdo con la legislación vigente el 25 por ciento del salario está exento de Retención. Sobre el otro 75 por ciento se debe, con base en una tabla que expide cada año el Gobierno, pagará este impuesto. Mensualmente, la empresa descuenta el valor correspondiente del salario de sus trabajadores y lo transfiere a la entidad gubernamental correspondiente.

¿Y si me quedo sin empleo, pierdo el beneficio de la AFC?
No. Cuando usted vuelva a obtener un empleo podrá hacer uso de su cuenta AFC sin perjuicio alguno si ésta es solo de ahorro y no está vinculada con un crédito hipotecario.
 
En caso contrario, usted deberá continuar pagando mensualmente la totalidad de la cuota pactada con la entidad bancaria.
 
¿Si tengo un crédito hipotecario puedo acogerme a los beneficios de una cuenta AFC?
Usted podrá aplicar a los beneficios con una cuenta AFC solo si su crédito hipotecario fue adquirido después del 26 de septiembre de 2001.

¿Puedo utilizar al tiempo un FVP y una AFC?
Sí. Siempre y cuando los dos ahorros sumados junto son los aportes de Ley no excedan el 25 por ciento de su salario. Es más, el trabajador puede hacer traslados del Fondo Voluntario de Pemsiones (FVP) (que tiene más rendimiento de intereses) a la cuenta AFC sin perder los beneficios tributarios.

¿Si adquiero un crédito hipotecario en conjunto con mi esposa, podemos obtener (los dos) los beneficios de las cuentas AFC?
Sí. Siempre y cuando en cada caso el ahorro no exceda el 30 por ciento del salario, de cada uno.

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